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DECRETO SUPREMO No 23727 del 11 Febrero 1994 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: La Corporación Minera de Bolivia estará dirigida por un Directorio compuesto por siete miembros, los cuales serán designados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema.


Decreto Supremo Nº 23727

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo ha promulgado la Ley Nº 1493 de fecha 17 de septiembre de 1993 que reestructura la composición y atribuciones de los ministerios del Poder Ejecutivo, reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993;

Que la composición del Directorio de la Corporación Minera de Bolivia, establecida por el Decreto Supremo Nº 23306 de 19 de octubre de 1992, no se adecúa a la Ley Nº 1493 anteriormente referida y a su decreto reglamentario;

Que es necesario estructurar para la Corporación Minera de Bolivia una Dirección Superior dinámica y ejecutiva, especialmente facultada para la toma de decisiones y cambios en sus órganos de administración, en concordancia con la Ley Nº 1493 y su decreto reglamentario

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. La Corporación Minera de Bolivia estará dirigida por un Directorio compuesto por siete miembros, los cuales serán designados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema.

ARTÍCULO 2. El Presidente del Directorio de la Corporación Minera de Bolivia tendrá además funciones ejecutivas y será nombrado por el Presidente de la República de acuerdo a la Constitución Política del Estado.

ARTÍCULO 3. ...

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