Decreto Supremo Nº 22805
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBL ICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Supremo Nº 22620 de 15 de octubre de 1990, se autorizó la suscripción de "Contratos de Rendimiento" con las empresas públicas a fin de que puedan desarrollar sus actividades en condiciones favorables, cubriendo con sus propios ingresos, gastos de operaciones, cargas impositivas, el servicio de su deuda y otras obligaciones económicas;
Que de conformidad al
Decreto Supremo Nº 22407 de 11 de enero de 1990, para impulsar el crecimiento económico y social del país, las empresas públicas deben fijar tarifas competitivas de sus servicios públicos;
Que es indispensable otorgar mayor autonomía administrativa a la Empresa Nacional de Ferrocarriles a fin de fortalecer su organización é implementar sistemas de control gerencial que faciliten la gestión comercial conforme a los objetivos establecidos en el Acuerdo Programa suscrito en el mes de julio de 1990.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, conforme al Acuerdo Programa, reajustar periódicamente su escala de tarifas de carga y pasajeros, los mismos que serán aprobados por el Directorio de la Empresa y ratificados por el Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, para su vigencia uniforme en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 2. Para las exportaciones no tradicionales, ...
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