DECRETO SUPREMO Nº 12731
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, como homenaje a la celebración del Sesquicentenario de la Independencia de la República, el Supremo Gobierno ha dispuesto la acuñación y posterior circulación de monedas de plata de tres diferentes valores y características;
Que, mediante
Decreto Supremo Nº 11917 de 24 de octubre de 1974, el Gobierno Nacional autorizó al Banco Central de Bolivia negociar en forma directa, previa convocatoria a propuestas, la mencionada acuñación;
Que, el Directorio del Instituto Emisor, después de realizada una rigurosa selección de las propuestas presentadas, estableció mediante sus Resoluciones Nos. 4240 y 4283 de fechas 12 y 20 de marzo del año en curso, que la entidad estatal "Imprensa Nacional Casa da Moeda" de Lisboa, Portugal, ofrece las condiciones más ventajosas para el Estado Boliviano y llena todos los requisitos contemplados en la convocatoria;
Que, el
Decreto Supremo Nº 12345 de fecha 4 de abril de 1975, aprobó la adjudicación en favor de la entidad estatal "Imprensa Nacional Casa de Moeda" para la acuñación de referencia;
QUE, EL
DECRETO SUPREMO Nº 12343 DE FECHA 4 DE ABRIL DE 1975, EN SU ARTÍCULO SEGUNDO, AUTORIZA AL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA PROCEDER A LA AMPLIACIÓN DEL CONTRATO DE ACUÑACIÓN AL DOBLE DE LA CANTIDAD ASIGNADA ...
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