DECRETO SUPREMO Nº 12534
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
QUE, MEDIANTE
DECRETO SUPREMO Nº 12328 DE FECHA 1º DE ABRIL DE 1975, SE HAN ESTABLECIDO LOS MÁRGENES DE COMERCIALIZACIÓN PARA VEHÍCULOS, REPUESTOS, Y ACCESORIOS DE ACUERDO A LOS PORCENTAJES SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 1º DE DICHA DISPOSICIÓN, PARA PERMITIR QUE LAS REBAJAS ARANCELARIAS ACORDADAS POR DECRETO SUPREMO NO 12192, BENEFICIEN AL USUARIO;
.- Que, es necesario adecuar la mencionada norma a las cambiantes condiciones del mercado internacional, y de las necesidades internas, evitando distorsiones que podrían influir negativamente en el propósito de mejorar la estructura del transporte, a través de la ampliación del parque automotriz y de la generación de condiciones de mercado para la promoción de la industria automotriz nacional;
Que, desde el punto de vista del desarrollo económico, el aspecto esencial del parque automotriz está representado por vehículos de medio y alto tonelaje destinados al transporte de pasajeros y carga, siendo por tanto razonable y necesario favorecer su constante incremento;
Que, los mecanismos competentes del Gobierno después de un detenido análisis de la documentación pertinente, han llegado a la conclusión de que es procedente reconocer la incidencia del costo adicional por valor agregado como un medio para incentivar la gradual industrialización del sector automotriz, ...
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