DECRETO SUPREMO No 1236 del 24 de Junio de 1948 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: IMPUESTOS. - SUCRE LA CHICHA EN EL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA, DESTINADOS AL SERVICIO DE INTERESES, AMORTIZACIÓN A QUE SE REFIERE EL DECRETO SUPREMO DE 20 DE DICIEMBRE DE 1947, QUEDO SUSTITUÍDO CON EL RENDIMIENTO DE LOS SIGUIENTES GRAVÁMENES.
DECRETO SUPREMO Nº 1236 24 DE JUNIO
IMPUESTOS. - Sobre la chicha en el Departamento de Cochabamba, destinados al servicio de intereses, amortización a que se refiere el Decreto Supremo de 20 de diciembre de 1947, queda sustituído con el rendimiento de los siguientes gravámenes.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo de 20 de diciembre de 1947 (Nº 96), el Poder Ejecutivo ha colocado un empréstito en moneda nacional por la suma equivalente de $us. 2.000.000.- para la Corporación Boliviana de Fomento destinado a la prosecución de los trabajos de la carretera Cochabamba -Santa Cruz; que entre los recursos creados para el servicio de intereses, amortizaciones y comisiones, se halla el impuesto de Bs. 0.20 por botella de chicha a consumirse en el Departamento de Cochabamba que es necesario sustituír dicho gravámen para evitar perjuicios a la principal industria cochabambina;
En Consejo de Ministros y con cargo de aprobación legislativa,
DECRETA:
Art. 1o. - El rendimiento del impuesto de Bs. 0.20 sobre botella de chicha a consumirse en el Departamento de Cochabamba, destinado al servicio de intereses ,amortización y comisiones a que se refiere el Decreto Supremo de 20 de diciembre de 1947 (Nº 986), queda sustituído, a partir de la fecha, con el rendimiento de los siguientes gravámenes:
Bs. 5.- por quintal de callapos extraídos de ...
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