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DECRETO LEY No 7488 del 27 de Enero de 1966 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de atribuciones y facultad disciplinaria sobre juzgados y tribunales de la República,- resolverá separación de magistrados, previa verificación de hechos denunciados.



DECRETO LEY Nº 07488
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO



C O N S I D E R A N D O:

Que por Decreto Ley No. 6971 de 17 de noviembre de 1964, se procedió a la renovación del Poder Judicial, para restablecer la respetabilidad de la justicia;
Que organizada la actual Corte Suprema con jurisconsultos de capacidad y probidad reconocida, ha respondido plenamente a la confianza del país devolviendo a la magistratura el prestigio de que gozaba en sus mejores tiempos, haciéndose acreedora el reconocimiento de la ciudadanía que ha encontrado en ella una verdadera garantía para el honor, la vida, la propiedad y los derechos de las personas;
Que por el contrario, la prensa oral y escrita así como el Ministerio Público, los círculos forenses, y litigantes han denunciado nuevos casos de venalidad, prevaricato y el ejercicio clandestino de la profesión por magistrados y jueces en algunos Distritos Judiciales de la República, reclamando el clamor público la necesidad urgente de poner remedio a la situación creada, en procura de una buena administración de justicia;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRET A:


ARTÍCULO ÚNICO.- La Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la atribución que tiene de representar y dirigir ...

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