DECRETO LEY No 7084 del 09 de Marzo de 1965 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Dispone colocar el retrato del Mariscal Andrés Santa Cruz, en recintos de los tres Poderes del Estado, y en todas las reparticiones públicas, en medio de los retratos de los Libertadores Bolívar y Sucre.
DECRETO LEY Nº 07084
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo de 11 de agosto de 1825, la Asamblea Deliberante de las provincias de Alto Perú dispuso que los retratos del Libertador Simón Bolívar y del Gran Mariscal de Ayacucho, José Antonio de Sucre, debían colocarse en todas las entidades públicas, para que su vista recuerde la memoria de los padres de la patria, y estimule a la imitación de sus excelsas virtudes;
Que por Decreto Supremo No. 7011 de 31 de diciembre de 1964, y en homenaje a la memoria del que fuera Mariscal Andrés Santa Cruz, Presidente de Bolivia y Supremo Protector de la Confederación Perú-Boliviana, se ha instituído el año de 1965, centenario de su desaparición, como el "Año del Mariscal Santa Cruz";
Que el Mariscal Santa Cruz, realizador de la Confederación Perú-Boliviana, contribuyó, como el máximo estadista del siglo pasado, a la creación de la República de Bolivia, hecho que hace necesario honrar su memoria en forma permanente;
EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- A partir de la fecha, el retrato del Mariscal Andrés Santa Cruz deberá ser colocado en los recintos principales de los tres Poderes del Estado, así como en todas las reparticiones públicas, autónomas, y semi autónomas, universidades y ...
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