DECRETO LEY Nº 17544
GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el desmedido crecimiento del endeudamiento externo en los últimos años, la situación financiera del país y la recesión económica mundial, han impedido el normal cumplimiento de las obligaciones crediticias en los plazos estipulados en los respectivos contratos, por las entidades de las administraciones Central, Descentralizada, Desconcentrada y local y las empresas privadas avalada por el Banco del Estado;
CONSIDERANDO:
Que en virtud del
Decreto Supremo No. 17133 de 3 de diciembre de 1979 que transfiere al Banco Central de Bolivia todas las funciones y facultades atribuídas al Instituto Nacional de Financiamiento Externo (INDEF), se ha dictado el
Decreto Supremo No. 17235 de 3 de marzo de 1980 mediante el que el Gobierno encomienda a dicha institución la gestión de la renegociación y en su caso, el refinanciamiento de la deuda pública externa del país, constituyendo una comisión especial, conformada por su Presidente y el Gerente de Financiamiento Externo así como por el Subsecretario de Administración Monetaria, Bancaria y Crediticia del Ministerio de Finanzas;
CONSIDERANDO:
Que el refinanciamiento de la deuda externa implica un cuidadoso proceso de negociación de cada uno de los contratos de crédito por lo que se hace necesario el previo diferimiento de los plazos de las obligaciones ...
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