DECRETO SUPREMO Nº 17133
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por mandato de su Ley Orgánica y disposiciones conexas, el Banco Central de Bolivia tiene, entre otras, la responsabilidad de actuar como agente financiero del Gobierno Central y de las demás entidades y empresas del sector público, de llevar la contabilidad de la deuda pública tanto interna como externa, y ser depositario de todas las acciones de propiedad del Estado.
Que, por
Decreto No 11520 de 14 de junio de 1974, fué creado el Instituto Nacional de Financiamiento (INDEF) como institución descentralizada bajo tuición del Ministerio de Finanzas, y con atribuciones similares a las del Banco Central de Bolivia en lo relativo al financiamiento externo del país y su consiguiente contabilización.
Que, no se justifica el funcionamiento autónomo de una entidad reguladora del financiamiento externo, al margen de las atribuciones del Banco Central de Bolivia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DE CRETA:
ARTÍCULO 1.-
Se transfiere al Banco Central de Bolivia, todas las funciones y facultades atribuídas al Instituto Nacional de Financiamiento Externo (INDEF) por Decretos Nos. 11520 y 12381 de 14 de junio de 1974 y 23 de abril de 1975, respectivamente. El Banco Central de Bolivia adecuará sus gestiones y operaciones de financiamiento externo, ...
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