SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2015
Sucre, 21 de julio de 2015
SALA PLENA
Magistrado Relator: Dr. Macario Lahor Cortez Chavez
Acción de inconstitucionalidad concreta
Expediente: 06746-2014-14- AIC
Departamento: Santa Cruz
En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por José Sangüeza Antezana Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz a instancia de Jorge Fernando Delius Senzano en representación legal de KAISER SERVICIOS S.R.L, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2 inc. e), 3 y 5 del Decreto Supremo (DS) 1802 de 20 de noviembre de 2013; artículo único del
DS 1811 de 27 del mismo mes y año; “art. 5” de la Resolución Ministerial (RM) 774/13 de 12 de diciembre de 2013; y Resolución Biministerial 001/14 de 26 de febrero de 2014, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8.II, 9.2, 14.II, 49.II, 56, 109, 178 y 410 de la
Constitución Política del Estado (CPE).
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Plena, en virtud de la autoridad que le confiere la
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar:
1º La CONSTITUCIONALIDAD en la forma y en el contenido de los arts. 1, 2 inc. e), 3 y 5 del
Decreto Supremo 1802 de 20 noviembre de 2013;
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