LEY N° 1150
LEY DE 18 DE FEBRERO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 110.401,71 m² (metros cuadrados), fracción de una superficie restante total de 212.885,75 m² (metros cuadrados), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, ubicado en la Avenida Beni Mamoré, Barrio Bolital, Urbanización “Instituto Boliviano de Tecnología Agropecuaria”, Distrito N° 1, Zona “D”, Manzana N° 55-A, Lote N° 1, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Riberalta bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 8.02.1.01.0005069, cuyas colindancias de acuerdo al Plano de Ubicación aprobado por Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta son: Al Norte, con Campus Universitario y Pasaje Peatonal; al Sur, con la Avenida Beni Mamoré y la Unidad Educativa “San José”; al Este, con propiedad Municipal; y al Oeste, con Pasaje Peatonal, la Avenida Gabriel René Moreno y la Unidad Educativa “San José”; a favor de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivián”, con destino exclusivo a la construcción de una ciudadela universitaria, de conformidad a la Ley Municipal Amazónica N° 049 de ...
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