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Aplicación: D-Lex Bolivia Ver Modo oscuro

LEY No 977 del 04 de Marzo de 1988 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Elévase a rango de ley el D.S. 09845, de fecha 11 de agosto de 1971, que declara a charagua "Ciudad Benemérita de la Patria".


Ley Nº 977

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Único.- Elévase a rango de ley el Decreto Supremo Nº 09845, de fecha 11 de agosto de 1971, que declara a Charagua "Ciudad Benemérita de la Patria", en reconocimiento de su abnegada contribución y leal esfuerzo en la defensa del territorio patrio y sus recursos naturales.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.

Fdo. H. Ciro Humboldt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Willy Vargas Vacaflor.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Alfredo Cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Duran.- SENADOR SECRETARIO.- H. Ulises Hurtado Cuéllar.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Farah Aquim.- DIPUTADO SECRETARIO.-

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.

Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Lic. Juan Carlos Durán Saucedo.- Ministro del Interior, Migración y Justicia.
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