DECRETO SUPREMO No 9845 del 11 de Agosto de 1971 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declárase a Charagua "Ciudad Benemérita de la Patria", en reconocimiento en su abnegada contribución y leal esfuerzo en la defensa del territorio patrio y sus recursos naturales.
DECRETO SUPREMO Nº 09845
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, en la vida de los pueblos se presentan circunstancias difíciles que algunas veces llegan a comprometer la propia integridad territorial, y que demandan a determinadas poblaciones cumplir un papel destacado, muchas veces de sacrificio, en la tarea de salvaguardar y preservar sus legítimos derechos;
Que, durante la Guerra del Chaco correspondió a la ciudad de Charagua, en razón de su ubicación geográfica, contribuir a la defensa de la soberanía nacional así como sus riquezas petrolíferas, no sólo con el patriotismo de sus hijos combatientes que, sin escatimar esfuerzos y al igual que todos los bolivianos, en muchos casos, ofrendaron sus propias vidas, cuanto por el coraje y resolución demostrados por su población civil;
Que, es deber del Estado reconocer el concurso de tales colectividades, rindiendo homenaje al esfuerzo y decisión demostrados.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Declárase a Charagua "Ciudad Benemérita de la Patria", en reconocimiento en su abnegada contribución y leal esfuerzo en la defensa del territorio patrio y sus recursos naturales.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en la Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ...
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