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LEY No 812 del 04 de Marzo de 1986 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Créase el cantón Calazaya, Prov. San pedro de Totora del departamento de Oruro.


Ley Nº 812

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Créase el cantón Calazaya en la Provincia San Pedro de Totora del Departamento de Oruro, teniendo los siguientes límites: al Norte con el departamento de La Paz; al Sur, con la Comunidad Aymarani; al Este, con la provincia Gualbeto Villarroel del departamento de La Paz; y, al Oeste, con Curaguara de Crangas.

ARTÍCULO 2. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de la demarcación y consiguiente fijación de hitos respectivos.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.

H. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. - H. Luis Añez Alvarez. Senador Secretario.- H. Luís Pelaez Rioja. Senador Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani. Diputado Secretario. H. Agustín Ameller Gatica. Diputado Secretario.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los cuatro ...

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