LEY Nº 493
LEY DE 25 DE ENERO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral 10, de la
Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo No 3060/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en fecha 12 de diciembre de 2013, por un monto de hasta US$57.000.000.- (Cincuenta y Siete Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a financiar el Programa Nacional de Riego con Enfoque de Cuenca - II.
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Préstamo aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de enero de dos mil catorce años.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez, ...
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