LEY No 479 del 11 de Marzo de 1969 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: La pensión vitalicia en favor del señor Ezequiel Pacheco Aguirre, autorizada por Ley de 12 de febrero de 1968.
Ley Nº 479
Dr. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- La pensión vitalicia en favor del señore Ezequiel Pacheco Aguirre, autorizada por Ley de 12 de febrero de 1968, es mensual y tendrá vigencia desde enero del presente año.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 3 de septiembre de 1968.
Fdo. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional.- Franz Ondarza Linares, Presidente del la H. 'Cámara de Diputados.- Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario.- Mario Olagivel Casón, Senador Secretario.- Germán Vargas Martinez, Diputado Secretario.- Iván Angulo Flores, Diputado Secretario.
Por tanto de conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los once días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y nueve.
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
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