Ley Nº 3108
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º (Disposiciones generales).-
De conformidad con el Artículo 59°, atribucion 1ra de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo 9°, numeral 9.8 de la
Ley Nº 1444 del Servicio de Relaciones Exteriores, por mandato de la presente Ley se crea la Gestoria Consular dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en beneficio de ciudadanos bolivianos radicados en el exterior de la República.
ARTÍCULO 2º (Del objeto).-
El presente cuerpo normativo regula la prestacion de servicios al ciudadano boliviano residente en el extranjero a objeto de dotarle en plazos razonablemente cortos, documentacion cursante en los registros públicos definida en el Artículo 3°, bajo principios de celeridad administrativa a traves de la Gestión Consular.
ARTÍCULO 3º (Definiciones).-
La Gestoria Consular es el servicio de remision de documentacion personal que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto como parte de la Gestión Consular a ciudadanos bolivianos residentes en el extranjero imposibilitados de realizar ese cometido.
Las Representaciones Diplomaticas y Consulares en el exterior, tendran la obligacion de obtener, enviar y entregar a sus connacionales documentacion relativa a:
a) Actos civiles: nacimiento, ...
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