LEY del 24 de Julio de 1948 - 50 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: OBRAS PUBLICAS.- PARA SU CONSTRUCCION EN LA PROVINCIA O'CONNOR DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA, DESTÍNASE BS. 400.000.- DE LOS FONDOS CREADOS POR LA LEY DE 20 DE MAYO DE 1947
LEY DE 24 DE JULIO DE 1948 OBRAS PUBLICAS.- Para su construcción en la Provincia O'Connor del Departamento de Tarija, destínase Bs. 400.000.- de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947.
MAMERTO URRIOLAGOITIA H. VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y PRESIDENTE DEL CONGRESO NACIONAL
Por cuanto: el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- De los fondos creados por el tercer párrafo del Artículo 3º de la Ley de 20 de mayo del presente año, se destina la suma de cuatrocientos mil bolivianos (Bs. 400.000. -), para obras de inaplazable urgencia en la Provincia O'Connor del Departamento de Tarija, conforme al detalle que sigue: a) Para la conclusión del templo de Entre Ríos, destruído por la ocupación de arsenales militares en la Campaña del Chaco, la suma de Bs. 300.000.-. b) Para la reconstrucción de los templos de los cantones La Cueva e Ipaguazo, de la misma Provincia, la suma de Bs. 25.000.- para cada uno. c) Para provisión de aguas potables mediante la construcción de un pozo y adquisición de una bomba o un aéreo motor, para la población de Palos Blancos, la suma de Bs. 50.000.-.
ARTÍCULO 2º- El Comité Provincial de Obras Públicas se encargará ...
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