Ley Nº 1328
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Elévase a rango de Ley de la República, el
Decreto Supremo Nº 22277 del 1ro. de agosto de 1989, por el que se crea la Reserva Nacional de Flora y Fauna "TIRIQUIA".
ARTÍCULO 2. Créase el Consejo de Administración de la Reserva, conformado por organizaciones regionales gubernamentales y no gubernamentales relacionadas con la problemática medio ambiental, que a continuación se enumeran:
La Secretaría Nacional de Medio Ambiente.
La Corporación Regional de Tarija
El Centro de Desarrollo Forestal.
La Organización Gubernamental CENPRODER (Centro de Promoción y Desarrollo Rural)
La Organización no gubernamental PROMETA (Protección Medio Ambiente Tarija).
El Comité de Reforestación.
Dicho Consejo de Administración, deberá elaborar sus reglamentos internos en el lapso de los 30 días siguientes de la promulgación de esta Ley.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años
Fdo. H. GUILLERMO FORTÚN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. ...
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