LEY No 1129 del 19 de Enero de 1990 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se aprueba el Convenio de Crédito No 2013-80 suscrito en fecha 4 de agosto de 1989, entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento AIF, por VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS MIL Derechos Especiales de Giro DEG. 26.500.000.- con destino a financiar el Proyecto de Rehabilitación del Sector Minero, integrado por los Convenios de los Proyectos de COMIBOL y el Banco Central de Bolivia
Ley Nº 1129
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- Se aprueba el Convenio de Crédito No 2013-80 suscrito en fecha 4 de agosto de 1989, entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento AIF. por VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS MIL Derechos Especiales de Giro DEG. 26.500.000.- con destino a financiar el Proyecto de Rehabilitación del Sector Minero, integrado por los Convenios de los Proyectos de COMIBOL y el Banco Central de Bolivia.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional
La Paz, 11 de enero de 1990.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo García Suárez, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos noventa.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Lic. David Blanco Zabala, MINISTRO DE ...
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