DECRETO SUPREMO N° 5151
DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Artículo 174 de la
Constitución Política del Estado, determina como atribución de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado, asumir la Presidencia del Estado, en los casos establecidos en la Constitución.
Que el numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado determina que es atribución de la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobar el Presupuesto General del Estado presentado por el Órgano Ejecutivo.
Que la
Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, tiene por objeto establecer las normas generales a las que debe regirse el proceso de administración presupuestaria de cada ejercicio fiscal.
Que la
Ley N° 1493, de 17 de diciembre de 2022, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2023, aprueba el Presupuesto General del Estado - PGE del sector público para la Gestión Fiscal 2023, y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas.
Que la
Ley N° 1543, de 22 de noviembre de 2023, aprueba las modificaciones al Presupuesto General del Estado - Gestión 2023, para las entidades del sector público, y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación.
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