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DECRETO SUPREMO No 9512 del 06 de Diciembre de 1970 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se reconoce el pago de indemnización a los heridos y deudos de los fallecidos en los acontecimientos acaecidos el 7 de octubre pasado en la ciudad de Oruro



DECRETO SUPREMO Nº 09512
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que, es deber del Gobierno Revolucionario reparar los daños causados a varias familias por los lamentables acontecimientos suscitados en la ciudad de Oruro el 7 de octubre pasado;

EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Se reconoce el pago de indemnización a los heridos y deudos de los fallecidos en los acontecimientos acaecidos el 7 de octubre pasado en la ciudad de Oruro, hasta el monto total de $b.-248.319.60 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE 60/100 PESOS BOLIVIANOS).


ARTÍCULO 2.- Asimismo se reconoce el pago de $b. 39.000.­(TREINTINUEVE MIL PESOS BOLIVIANOS) por gastos de urgencia, drogas, clínica, honorarios médicos y gastos de viaje: los que serán pagados por el Tesoro General de la Nación a presentación de las respectivas facturas visadas por la Comisión nombrada al efecto en la ciudad de Oruro.


ARTÍCULO 3.- El pago de indemnizanciones indicados en el artículo lº del presente Decreto, se hará efectivo en base a la lista presentada por la Prefectura de Oruro y previa certificación legal que acredite derecho de los beneficiarios.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, de Finanzas, y de Provisión Social y Salud Pública quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del ...

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