DECRETO SUPREMO No 9338 del 13 de Agosto de 1970 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Las cuotas correspondientes a las provincias de Sud-Chichas y Nor-Chichas del Departamento de Potosí.
DECRETO SUPREMO Nº 09338
D.G.R. Nº 405
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de las leyes de 15 de enero de 1964 y 10 de febrero de 1967, se fijó el porcentaje de distribución que corresponde a cada una de las provincias del departamento de Potosí sobre los ingresos denominados "regalías mineras" los que deben ser calculados descontando el 6% que corresponde a la capital del departamento, en relación al 12% establecido por la referida ley de 1967;
Que, habiéndose organizado en Tupiza el "Comité Cívico de Desarrollo y Progreso de los Chichas Cocidepro-Chichas", con personería jurídica reconocida por el Supremo Gobierno, para el manejo de los recursos destinados a la indicada provincia, corresponde descentralizar los recursos respectivos, para cumplir los planes que cuenten con la aprobación del Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización previa;
Que, es necesario determinar que los recursos concernientes al pago de regalías mineras ingresen mediante el Tesoro General de la Nación, para una mejor fiscalización y la oportuna distribución de estos recursos, a las entidades autorizadas por ley, para su inversión en obras de desarrollo y progreso.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Las cuotas correspondientes a las provincias de Sud-Chichas y Nor-Chichas del Departamento de Potosí, en el porcentaje de distribución de regalías ...
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