DECRETO SUPREMO Nº 08895
DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Compañía Industrial de Tabacos S.A. ha decidido ampliar su producción de cigarrillos de la marca registrada "L & M" al tamaño extra largo, cuya presentación debe ser necesariamente efectuada en envaces de color oro, a fin de llenar los requisitos exigidos por la fábrica propietaria de la patente "L & M".
Que, la Cámara Nacional de Industrias en vista de que las imprentas del país no cuentan con el sistema de hueco-grabado, imprescindible para las impresiones color oro, ha solicitado tratamiento preferencial aduanero para la importación de etiquetas y cartones destinados a la ampliación de la producción de referencia.
Que, de acuerdo a la política de fomento a las actividades industriales nacionales, corresponde su consideración favorable.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se declara vigente el contenido del
Decreto Supremo Nº 07932 de 22 de febrero de 1967, únicamente para cajas y etiquetas de color oro obtenidos por hueco-grabado, hasta tanto las imprentas nacionales se hallen en condiciones de proveer de este material a la industria tabacalera nacional.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda. Queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno ...
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