DECRETO SUPREMO Nº 08609
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que mediante
Decreto Supremo Nº 08331 de 9 de abril de 1968, se ha facultado a la Contraloría General de la República, proceder al remate de vehículos afectados al Servicio Público en las reparticiones de la Administración Pública, disponiéndose además la inventariación de vehículos oficiales así como una demostración de los requerimientos indispensables para el desenvolvimiento de las reparticiones del Estado y las entidades públicas descentralizadas, respondiendo esta medida no solo al propósito de cubrir los déficit presupuestarios sino también a un plan de austeridad el que está empeñado el Supremo Gobierno de la Nación.
Que la labor encomendada a la Contraloría General de la República no ha sido cumplida oportunamente, por carecer este servicio de los mecanismos adecuados que le permitan establecer las necesidades de cada organismo para la disponibilidad de vehículos y el consiguiente remate de los excedentes.
Que es necesario dar a esta disposición un carácter operativo que permita surtir los efectos perseguidos encomendando su ejecución al Ministerio de Hacienda.
EN CONSEJO DE MINISTROS;
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir de la fecha, el Ministerio de Hacienda tomará a su cargo las facultades concedidas a la Contraloría General de la República mediante
Decreto Supremo Nº 08331 de 9 ...
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