DECRETO SUPREMO No 8091 del 12 de Noviembre de 1967 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Destina $b. 25.000 de la División de Comercialización del Ministerio de Agricultura, a construcciones de centros pilotos del Proyecto Cabuya, en Licoma, Cajuata y Miguilla, provincia Inquisivi del departamento de La Paz.
DECRETO SUPREMO Nº 08091
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que entre las prioridades del plan de actividades del Ministerio de Agricultura para el presente año se encuentra el cultivo y explotación de la fibra de Cabuya;
Que las comunidades de Licoma, Cajuata y Miguilla, donde se han establecido los centros piloto de demostraciones, están aportando al programa con terrenos y mano de obra correspondiendo al Estado correr con los gastos de construcción, cambiando el destino del Item 08-04 del proyecto EA-3 del Presupuesto de la División de comercialización del Ministerio de Agricultura.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Destínase parte del Item 08-04 correspondiente del proyecto EA-3 por la suma de $b. 25.000, de la división de comercialización del Ministerio de Agricultura a las construcciones de los centros piloto de demostraciones del Proyecto Cabuya, en las localidades de Licoma, Cajuata y Miguilla, Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz.
ARTÍCULO 2.- Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Agricultura y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y siete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Antonio ...
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