DECRETO SUPREMO No 6201 del 31 de Agosto de 1962 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: De acuerdo con el inciso 2º del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Doble Nacionalidad entre Bolivia y España suscrito por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, en fecha 12 de octubre de 1961.
DECRETO SUPREMO Nº 06201
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, en representación del Supremo Gobierno, ha suscrito en fecha 12 de octubre el Convenio de Doble Nacionalidad con España.
Que, en beneficio de ambos países es conveniente su aprobación;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-De acuerdo con el inciso 2º del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Doble Nacionalidad entre Bolivia y España suscrito por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, en fecha 12 de octubre de 1961.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos treinta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman Velarde, Augusto Cuadros Sánchez, José Antonio Arze, Juan L. Gutiérrez Granier, Alfonso Gumucio R, Simón Cuentas, Roberto Jordán Pando, Fernando Ayala Requena, Raúl Pérez A, Alfredo Franco Guachalla, Mario V. Guzmán Galarza.
...
Hay -39 palabras restantes para leer que son aproximadamente -0 páginas ...