DECRETO SUPREMO Nº 5346
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 5311 de 29 de septiembre de 1959, ha suspendido el uso de facturas consulares en el despacho de importación de mercaderías, señalando que al efecto servirán únicamente las facturas comerciales con la debida visa consular;
Que la agilidad de trámites establecida debe favorecer a la recaudación de los recursos fiscales con la aplicación de los timbres consulares en sustitución de la venta del formulario denominado factura consular, a que se refiere la tasa Nº 47 del arancel consultar vigente, procediendo disponerse su eliminación de las existencias como papel valorado;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-
Suprímese las tasas números 47 y 52 del Capítulo de "Actos Comerciales y Aduaneros" del Arancel Consular según
Decreto Supremo Nº 1867 de 29 de diciembre de 1949.
ARTÍCULO 2º- Se modifica la tasa número 54 en los términos siguientes:
"Por visación de facturas comerciales y de gastos por despacho de mercaderías consignadas a cualesquiera aduanas de Bolivia, en cuatro ejemplares, tomando en cuenta su valor en dólares norteamericanos, o su equivalente, siempre que éste sea mayor a cincuenta dólares 1.1/2 %.
"Los timbres ...
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