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DECRETO SUPREMO No 4572 del 01 de Febrero de 1957 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: MALARIA.- ERRADICACIÓN.- D.S. 4572 DE 1º DE FEBRERO DE 1957.- A TAL OBJETO CRÉASE COMISIÓN NACIONAL.




DECRETO SUPREMO Nº 4572

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que una de las enfermedades transmisibles que gravita endémicamente con mayor intensidad en la población del país es la malaria, ocasionando altos coeficientes de morbilidad y mortalidad;
Que su incidencia es máxima, sobre todo en las zonas rurales, donde el Supremo Gobierno, está implantando su programa de Diversificación Económica, que no alcanzaría completo éxito, si no se adoptan previamente las medidas de sanitación antimalárica adecuadas;
Que por los conocimientos y medios científicos con que se cuenta actualmente, es posible erradicar este flagelo;
Que existiendo un compromiso internacional expreso para erradicar la malaria, a la mayor brevedad posible, suscrito también por nuestro país y aceptado en la XIV Conferencia Sanitaria Panamericana y VIII Asamblea Mundial de Salud;

DECRETA:


ARTÍCULO 1º- Declárase la erradicación de la malaria un problema de emergencia nacional y de urgente solución para beneficio social y bienestar general, debiendo para esto, participar todas las fuerzas activas del país.


ARTÍCULO 2º- A este objeto, se crea la Comisión Nacional de Erradicación de la Malaria, como organismo técnico y administrativo, encargado de la ejecución, coordinación y evaluación de todas las actividades para realizar la erradicación, comisión constituída de la siguiente manera:
Presidente: El señor Ministro ...

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