DECRETO SUPREMO Nº 4400
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la escala de viáticos para los funcionarios públicos que viajan en comisión de servicio, fijada por
Decreto Supremo Nº 4085 de 16 de junio de 1955, de ningún modo ha guardado relación con el alza de las tarifas de hoteles, pensiones y alojamientos;
Que tal situación no solo ocasiona serias dificultades financieras a los empleados públicos que deben cumplir comisiones fuera de sus puestos, sinó también es perjudicial a los intereses del Estado por evitar en lo posible los viajes en comisión;
Que por tales razones es necesario fijar la escala de viáticos al nivel vigente de los precios;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- A partir de la fecha, el pago de viáticos a los funcionarios del Estado, se sujetará a la siguiente escala:
Hasta-Bs 50.000.- Bs 4.500.- por día
De " 50.001.- hasta Bs 70.000.- " 6.000.- " "
" " 70.001.- " " 90.000.- " 7.000.- " "
" " 90.001.- " " 100.000.- " 8.000.- " "
" " 100.001.- " " 120.000.- " 9.000.- " "
" " 120.001.- " " 140.000.- " 10.000.- " "
" " 140.001.- " " 160.000.- " ...
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