DECRETO SUPREMO Nº 04085.
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
CONSIDERANDO:
Que la escala de viáticos para los funcionarios públicos que viajan en comisión de servicio, fijada por
Decreto Supremo No. 3581 de 15 de diciembre de 1953, de ningún modo ha guardado relación con el alza en las tarifas de hoteles, pensiones y alojamientos;
Que tal situación no sólo ocasiona serias dificultades financieras a los empleados públicos que deben cumplir comisiones fuera de sus puestos, sinó también es perjudicial a los intereses del Estado por evitar en lo posible los viajes en comisión;
Que por tales razones es necesario fijar la escala de viáticos al nivel vigente de los precios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- A partir de la fecha el pago de viáticos a los funcionarios del Estado, se sujetará a la siguiente escala:
Hasta Bs. 15.00.- Bs. 1.500.- por día
De " 15.001.- hasta Bs. 20.000.- " 2.000.- " "
" " 20.001.- " " 25.000.- " 2.500.- " "
" " 25.001.- " " 30.000.- " 3.000.- " "
" " 30.001.- " " 40.000- " 3.500.- " "
" " 40.001.- " " 50.000- " 4.000- " "
" " ...
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