Decreto Supremo Nº 28700
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado, determina que el Gobierno Nacional tiene la obligación de crear condiciones que garanticen a los empleados las posibilidades de ocupación laboral digna, estabilidad en el trabajo y sobre todo una remuneración justa, para asegurar la continuidad de sus medios de subsistencia.
Que la Constitución Política del Estado determina que nuestra nación es un Estado Social y Democrático de Derecho, donde debe respetarse los derechos de cada uno de los ciudadanos en materia laboral.
Que debido a la política económica establecida desde el 29 de agosto de 1985, con la promulgación del
Decreto Supremo Nº 21060, se ha sacrificado a toda la clase trabajadora restándole todos sus derechos que se encuentran establecidos en la Constitución Política del Estado.
Que el Gobierno Nacional a iniciado la implantación de una nueva política económica y social, como la base del Estado Social y Democrático de Derecho, consagrado por la Constitución Política del Estado, con la finalidad de alcanzar un desarrollo social y mejorar sustancialmente las condiciones de vida de los bolivianos.
Que en este sentido el Gobierno Nacional de manera responsable, sin demagogia alguna y sobre todo con la responsabilidad de gobernar para todos los bolivianos y manteniendo los parámetros de estabilidad económica necesarios para el desarrollo económico del País, ...
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