DECRETO SUPREMO Nº 26318
JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que las Leyes No. 1551 de "Participación Popular" de 20 de abril de 1994 y No. 1654 de "Descentralización Administrativa" de 28 de julio de 1995, junto con asignar recursos de coparticipación a los Gobiernos Municipales y Prefecturas respectivamente, definen las competencias correspondientes.
Que la
Ley No. 2235 "Ley del Diálogo Nacional 2000" de 31 de julio de 2001, establece la Política Nacional de Compensación (PNC), a través de la cual se reglamenta los mecanismos y modalidades de transferencias condicionadas, desde el Gobierno Nacional a los Gobiernos Municipales.
Que la
Ley No. 2235 establece y define las competencias y responsabilidades del Fondo Nacional de Desarrollo Regional FNDR y del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social FPS, para los cuales se constituye un directorio único denominado Directorio Unico de Fondos DUF.
Que el
Decreto Supremo No. 25441 de 23 de junio de 1999, crea el Directorio Unico de Fondos y mediante el
Decreto Supremo No. 23855 de 25 de agosto de 2000, se le otorga la naturaleza de Institución Descentralizada, de derecho público, bajo tuición del Presidente de la República, con personería jurídica, estructura propia, competencia de ámbito nacional, autonomía de gestión técnica administrativa y patrimonio propio.
Que el Gobierno Nacional ha definido la Estrategia Boliviana para Reducción de ...
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