DECRETO SUPREMO No 25786 del 25 Mayo 2000 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: En un periodo de hasta ocho (8) años los consumidores clasificados en las categorías actuales deberán ser clasificados en las categorías de régimen.
Decreto Supremo Nº 25786
HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Electricidad Nº 1604 de 21 de diciembre de 1994 norma las actividades de la Industria Eléctrica y establece los principios para la fijación de precios y tarifas de electricidad en todo el territorio nacional.
Que de conformidad con el principio de eficiencia establecido en la Ley de Electricidad los precios calculados deben reflejar los costos del suministro y proporcionar una señal económica para las decisiones de consumo de los consumidores. El Reglamento de Precios y Tarifas, dispone cargos de la tarifa base de distribución diferenciados por niveles de tensión y por periodos de demanda, lo que determina que los precios máximos de distribución de electricidad se formen en base a una asignación de costos eficiente y cubran los costos de suministros en función a las características técnicas del suministro y el consumo de electricidad.
Que el artículo 55 de la Ley de Electricidad establece que la Superintendencia de Electricidad aprobará, para cada empresa de distribución, estructuras tarifarias definidas en función de las características técnicas del suministro y del consumo de electricidad.
Que las principales empresas de distribución han presentado a la Superintendencia de Electricidad sus estudios tarifarios incluyendo estructuras tarifarias definidas en función de las características técnicas del suministro y del consumo de electricidad, que presentan diferencias sustanciales con las actualmente vigentes.
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