Decreto Supremo Nº 25254
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gas Licuado de Petróleo (GLP) es un producto de consumo masivo y que por no existir en el presente un sustituto efectivo para la mayoría de la población se encuentra subsidiado con el fin de proteger a los consumidores de menores ingresos.
Que el Reglamento Sobre el Régimen de Precios de los productos del Petróleo aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 24914 de 5 de diciembre de 1997 modificado por el
Decreto Supremo Nº 25005 de 6 de abril de 1998, por el
Decreto Supremo Nº 25108 de 22 de julio de 1998 y por el
Decreto Supremo Nº 25249 de 14 de diciembre de 1998, establece este subsidio en $US -5 32 - (Dólares Estadounidenses menos cinco 32/100) por barril de GLP.
Que durante los pasados tres meses se ha presentado una baja en el precio internacional de los productos del petróleo misma que ha significado reducciones en los precios de estos productos al consumidor final lo que permite disminuir la subvención al GLP sin mayor perjuicio al consumidor.
Que la disminución del subsidio incentiva el desarrollo de las redes de gas natural, objetivo prioritario de la política energética.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. ...
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