DECRETO SUPREMO Nº 24509
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscribió un contrato de operación petrolera con la empresa Santa Fe Energy Resources Of Bolivia Inc., para ejecutar trabajos en el bloque CARANDAIGUA, ubicado en el departamento de Santa Cruz, previa aprobación por
decreto supremo 22563 de 1 de agosto de 1,990 y según escritura pública 2 de 22 de enero de 1,991;
Que Santa Fe Energy Resources Of Bolivia Inc. solicitó a Y.P.F.B. autorización para subrogar el 40% de sus derechos y obligaciones derivados de su contrato de operación petrolera en favor de la empresa Monument Resources International Ltd.;
Que el directorio de Y.P.F.B. decidió autorizar a la entidad petrolera estatal, mediante resolución, la suscripción de los respectivos documentos para la subrogación del 40% de los derechos y obligaciones que tiene Santa Fe Energy Resources Of Bolivia Inc. en el contrato de operación para el bloque CARANDAIGUA, firmado con Y.P.F.B., en favor de la empresa Monument Resources International Ltd.;
Que la Junta Directiva Estatal de Y.P.F.B., aprobó esa subrogación por resolución 023/95 de 24 de octubre de 1,995, debiendo cumplirse con las demás formalidades de ley.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO 1.- Homológandose la resolución 84/95 de 9 de agosto de 1,995 del directorio ...
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