Decreto Supremo Nº 23706
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Compañía ESSO EXPLORATION (BOLIVIA) LTD., solicita a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos autorización para subrogar y transferir el 50% de sus derechos y obligaciones en favor de MARATHON PETROLEUM BOLIVIA LIMITED, emergentes de los contratos de operación suscritos con la empresa fiscal de hidrocarburos aprobados mediante
Decreto Supremo Nº 22740 de 4 de marzo de 1991, protocolizados por ante la Notaría de Minas y Petróleo según escrituras públicas 320 y 321/91 de 27 de agosto de 1991, para la ejecución de trabajos petrolíferos en los bloques Poopó Norte y Poopó Sur, ubicados en los departamentos de La Paz, Oruro y Oruro Potosí respectivamente.
Que el Directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante Resolución 34/93 de 8 de abril de 1993, ha otorgado su consentimiento a la subrogación y transferencia solicitada por ESSO EXPLORATION BOLIVIA LTD., asimismo la Junta Directiva Estatal de YPFB, aprobó la referida solicitud por Resolución 08/93 de 21 de julio de 1993, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Hidrocarburos 1194 de 1 de noviembre de 1990 e inciso 10.1.9, de la cláusula décima del contrato de operación, la misma que para su validez legal requiere autorización expresa por decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se autoriza a la ...
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