DECRETO SUPREMO Nº 22740
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, luego de las negociaciones pertinentes, de acuerdo con la Ley de Hidrocarburos Nº 1194 de 1º de noviembre de 1990, ha elaborado los proyectos de dos Contratos de Operación a suscribir con la empresa ESSO EXPLORATION BOLIVIA LIMITED, para las áreas Poopó Norte ubicada en las provincias Aroma, Loayza, Pacajes y Gualberto Villarroel del Departamento de La Paz y Cercado, Carangas, Saucari y Dalence del Departamento de Oruro; y Poopó Sur, ubicada en las provincias Saucari, Dalence, Poopó, Abaroa y Cabrera del Departamento de Oruro, cuyos textos fueron aprobados por el Directorio de la entidad Estatal de Hidrocarburos, en reunión extraordinaria de fecha 28 de febrero de 1991.
QUE, LA JUNTA DIRECTIVA ESTATAL DE YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS APROBÓ ASÍ MISMO LA REFERIDA MINUTA DE CONTRATO, EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR EL ARTÍCULO 4TO DEL
DECRETO SUPREMO 22102 DE 29 DE DICIEMBRE DE 1988.-
QUE ESA MINUTA NO CONTIENE CLÁUSULAS CONTRARIAS AL ARTÍCULO 9º, NI SIGUIENTES DE LA LEY DE HIDROCARBUROS, Y ACATA SATISFACTORIAMENTE LOS PRECEPTOS CONTENIDOS EN LAS LEYES 981 Y 843 DE 7 DE MARZO DE 1988 Y 20 DE MAYO DE 1986 RESPECTIVAMENTE, ASÍ COMO ...
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