Decreto Supremo Nº 23668
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 29 de la
Ley Nº 1943 de Ministerios el Poder Ejecutivo de 17 de septiembre de 1993 faculta a este Poder del Estado a reglamentar su propia estructura administrativa siguiendo las normas generales de dicha ley;
Que en cumplimiento de esta norma ha sido dictado el
Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993 bajo el denominativo de Reglamento de la Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo;
Que la
Ley Nº 1008 de 19 de julio de 1988 y el
Decreto Supremo Nº 22099 que reglamenta dicha ley asignan responsabilidades en materia de desarrollo alternativo y control de la producción de coca a la Subsecretaría de Desarrollo Alternativo del antiguo Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y al Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo creado por dicha ley;
Que los estamentos organizativos y asignación defunciones dadas por las mencionadas normas legales deben progresivamente profundizarse y ajustarse, no solamente como consecuencia de su propio desarrollo sino también por efecto de la evaluación de sus resultados;
Que en la aplicación de la Ley de Ministerios y su Decreto Reglamentario se han detectado algunos vacíos que pueden dar lugar a contradicciones internas en las reparticiones ministeriales, las cuales es preciso evitar ...
Hay 1130 palabras restantes para leer que son aproximadamente 5 páginas ...