DECRETO SUPREMO Nº 22099
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Constitucional ha promulgado el 22 de julio de 1988 la
ley 1008 sancionada por el Congreso Nacional.
QUE EL ARTÍCULO 1RO. TRANSITORIO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO I DE LA MENCIONADA LEY FACULTA AL PODER EJECUTIVO EMITIR EL CORRESPONDIENTE REGLAMENTO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 96- I de la Constitución Política del Estado que reconoce a ese Poder la atribución de ejecutar y hacer cumplir las leyes, expidiendo los decretos y ordenes convenientes.
Que el reglamento anexo regula correctamente la puntual aplicación de la
ley 1008 del Régimen de la Coca y Substancias Controladas, correspondiendo aprobarlo para su plena vigencia legal en el país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba el adjunto REGLAMENTO DE LA
LEY 1008 SOBRE REGIMEN DE LA COCA Y SUBSTANCIAS CONTROLADAS en todo su tenor.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias al presente decreto supremo.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Interior, Migración y Justicia, Finanzas, Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Previsión Social y Salud Pública, Defensa Nacional, Educación y Cultura e Informaciones, quedan encargados de su ejecución y ...
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