DECRETO SUPREMO Nº 23427
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
decreto supremo 23320 de 9 de noviembre de 1992 autorizó a la Superintendencia General de Bancos aplicar una reglamentación especial en favor de los pequeños prestatarios del Banco Agrícola de Bolivia en liquidación, cuyas deudas sean menores al equivalente de cinco mil dólares de los Estados Unidos de América y se hallen comprendidos en las zonas declaradas de desastre y emergencia;
Que hay muchos prestatarios, además de los mencionados anteriormente, también con deudas menores al equivalente de cinco mil dólares americanos que sufren las mismas dificultades para el pago de sus préstamos al Banco Agrícola de Bolivia en liquidación, que aquellos a que se refiere el
decreto supremo 23320, pese a no hallarse ubicados dentro de zonas declaradas de desastre o emergencia;
Que es de justicia y equidad, ampliar los alcances del citado decreto en favor de todos los deudores del Banco Agrícola de Bolivia en liquidación, cuyas deudas sean menores al equivalente a cinco mil dólares americanos, aunque no se encuentren en zonas declaradas de desastre y emergencia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Amplíase los alcances del
decreto supremo 23320 de 9 de noviembre de 1992, en favor de todos los pequeños productores campesinos deudores ...
Hay 291 palabras restantes para leer que son aproximadamente 2 páginas ...