DECRETO SUPREMO No 22775 del 08 de Abril de 1991 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se aprueba las "Disposiciones generales del régimen arancelario de importaciones", en sus treinta y un (31) artículos contenidos en el anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. "ARANCEL ADUANERO DE IMPORTACIONES"
DECRETO SUPREMO Nº 22775
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERAND O:
Que es necesario actualizar las normas y procedimientos para el tratamiento arancelario y otros aspectos de carácter operativo, así como la modificación de la legislación aduanera sobre importaciones, con la incorporación de las normas y reglas principales del Código de Valoración del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) a la legislación nacional, y de la nueva nomenclatura denominada "Sistema armonizado de designación y codificación de mercancías" (Sistema armonizado), en cumplimiento de acuerdos suscritos en el ámbito multilateral, este último ya adoptado como nomenclatura oficial de los países miembros del Acuerdo Subregional Andino de Integración, con la sigla de NANDINA;
Que es preciso también actualizar la parte normativa del régimen arancelario de importaciones y los aspectos operativos del despacho aduanero, por el ingreso en vigencia del nuevo procedimiento de trámite de despacho aduanero mediante un formulario único de la póliza de importación para el pago unificado y el control computarizado de las recaudaciones del gravamen aduanero consolidado (GAC), así como de los impuestos al valor agregado (IVA) y a los consumos específicos (ICE), aplicables a las importaciones;
Que Bolivia es país miembro del Acuerdo de Cartagena y el GATT, correspondiéndole asumir los respectivos compromisos ante los mencionados organismos internacionales;
Que se debe facultar al Ministro de Finanzas a fin que efectúe las acciones ...
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