DECRETO SUPREMO No 22040 del 27 de Septiembre de 1988 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se autoriza al Banco Central de Bolivia comprar activos no rentables de bancos privados.
DECRETO SUPREMO Nº 22040
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la reactivación económica requiere se apoye al sistema financiero nacional, mediante programas de fortalecimiento institucional,
Que es propósito del Gobierno, en las circunstancias actuales, vigorizar la situación patrimonial de los bancos con objeto de estimular la confianza del público en el sistema financiero;
Que el incremento de la confianza pública permitirá mantener y aumentar la captación de fondos del público, para financiar la acelerada reactivación de los sectores productivos privados;
Que su ley orgánica asigna al Banco Central de Bolivia, en su función de agente financiero del Gobierno, la responsabilidad de respaldar y asegurar la estabilidad del sistema financiero del país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.-
Se autoriza al Banco Central de Bolivia comprar, previa aprobación expresa de su directorio, activos no rentables de bancos privados del sistema bancario nacional, con la obligación de estos últimos de recomprarlos dentro de un programa de fortalecimiento institucional y financiero de esas entidades bancarias que será supervisado por el propio Banco Central.
El monto de activos no rentables que el Banco Central de Bolivia puede comprar, no podrá exceder al equivalente del valor en libros del patrimonio de cada banco vendedor al ...
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