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DECRETO SUPREMO No 21124 del 15 de Noviembre de 1985 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: REVALORIZACION DEL PAPEL SELLADO V TIMBRES.


DECRETO SUPREMO Nº 21124
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante Decreto 18966 de 1º de junio de 1982, de modificó la Ley de Papel Sellado y Timbres del D.S. 1428 de 31 de diciembre de 1976.
Que debido al proceso inflacionario que atravesaba el país ha producido variaciones en los costos de impresión de los Valores Fiscales, ocasionando al Estado un enorme sacrificio fiscal al no revalorizarse dichas tasas.
Que se hace necesario corregir y evitar mayores pérdidas económicas al Tesoro Nacional, adecuando el uso de papel sellado y timbres al proceso económico que experimenta el país, implantando mecanismos idóneos de expendio y recaudación.
EN CONSEJO DE MINISTROS, D E C R E T A:
CAPITULO I
DEL PAPEL SELLADO

ARTÍCULO 1.­Es obligatorio el uso de Papel sellado y timbres en todas las solicitudes, trámites, contratos y procesos voluntarios o contenciosos que realicen las personas de derecho público, privado, naturales o jurídicas, inclusive las entidades estatales, cuando actúen como personas de derecho privado en sus relaciones con los organismos de derecho público.


ARTÍCULO 2.- ­El papel sellado tendrá el valor único señalado en el Arancel de Valores Fiscales, cuyo precio e impresión respecto a formato o ...

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