DECRETO SUPREMO No 21-12-1936 del 21 de Diciembre de 1936 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS. - CRÉASE UNA ENTIDAD ASÍ DENOMINADA, CON AUTONOMÍA PROPIA.
DECRETO SUPREMO
YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS.-Créase una entidad así denominada, con autonomía propia.
CORONEL DAVID TORO R.,
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,
CONSIDERANDO:
QUE EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS, ESTABLECE QUE LOS HIDROCARBUROS NATURALES PERTENECEN AL ESTADO, EN CUALQUIER FORMA QUE SE HALLEN, SIENDO EL PODER EJECUTIVO EL ÚNICO QUE PUEDE DISPONER DE ELLOS SEGÚN LAS MEJORES CONVENIENCIAS DE LA NACIÓN;
.- Que el Gobierno tiene el deber ineludible de buscar los procedimientos más eficientes para intensificar la exploración y explotación de los yacimientos petrolíferos;
Que teniendo Bolivia ricos y entensos depósitos de hidrocarburos, esta riqueza no ha contribuido hasta el presente a tonificar la economía nacional en la forma y proporción que corresponde a aquéllos;
Que las necesidades de la República imponen que el control del Petróleo y sus derivados y su utilización sea efectuada por una entidad fiscal de conveniencia colectiva;
Que la importancia y situación de los citados combustibles en el mundo, su significado económico y su valor con respecto al Estado, impone cada día más, que estos recursos sean puestos bajo el control directo de la Nación;
Que interesa esencialmente al Estado una política estable y de seguridad para el país en materia petrolera, y que es indispensable además garantizar el desarrollo de la citada industria bajo una base efectiva que ...
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