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DECRETO SUPREMO No 20175 del 12 de Abril de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Apruébase la nueva escala de precios de derivados de hidrocarburos para todo él país.


DECRETO SUPREMO Nº 20175
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que en el desenvolvimiento de las naciones, la energía constituye un elemento básico e indispensable para el desarrollo armónico y equilibrado de los sectores productivos y sociales.
Que dentro del Plan de Rehabilitación 1984-1987 del Gobierno Constitucional, el sector energía ocupa una posición estratégica de primera importancia.
Que la política energética del Supremo Gobierno tiene como metas fundamentales, la garantía del suministro permanente de derivados de hidrocarburos y energía eléctrica, la preservación de los recursos energéticos no renovables, particularmente los hidrocarburos liquidos, y la sustitución gradual de los recursos energéticos no renovables por la hidroelectricidad.
Que para llevar adelante esta política energética es necesaria instrumentar una política de precios de las principales formas de energía, hidrocarburos y electricidad, a objeto de evitar el uso irracional y el contrabando de hidrocarburos líquidos y disponer de los recursos necesarios para asegurar un nivel apropiado de las reservas y la contínua expansión de los sistemas hidroeléctricos.
Que el Supremo Gobierno ha dictado a la fecha medidas globales de reordenamiento económico, a las que deben adecuarse los precios de los hidrocarburos y energía eléctrica.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DE C R E T A:


ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la nueva escala de precios de derivados de hidrocarburos, para ...

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