DECRETO SUPREMO del 18 de Diciembre de 1940 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: JUBILACIONES.- TODOS LOS GENERALES, JEFES Y OFICIALES DESTINADOS A LA RESERVA, SE JUBILARÁN CON EL HABER BÁSICO DE SU GRADO.
DECRETO SUPREMO
JUBILACIONES.- Todos los Generales, Jefes y Oficiales destinados a la Reserva, se jubilarán con el haber básico de su grado.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
GENERAL ENRIQUE PEÑARANDA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que los señores Jefes y Oficiales destinados a la Reserva del Ejército, mediante las Ordenes Generales Nos. 1-40 y 3-40 de fechas 8 de enero y 2 de febrero del presente año, en comparación con los destinados con anterioridad y posterioridad a dichas disposiciones, sufren un perjuicio considerable, debido a la complicación de la Escala de Haberes que regía con carácter transitorio, desde el mes de octubre de 1939, hasta marzo del presente año, produciéndose de esta manera una serie de reclamaciones por parte de los interesados; que por estas circunstancias, es deber del Supremo Gobierno normalizar estas anomalías en forma equitativa y teniendo en cuenta que esas presentaciones están estrictamente basadas en la justicia;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Todos los señores Generales, Jefes y Oficiales, destinados a la Reserva del Ejército, mediante las Ordenes Generales Nos. 1-40 y 3-40 de 8 de enero y 2 de febrero del año en curso, se jubilarán con el haber básico de su grado, de acuerdo a sus años de servicios y con sujeción a la Escala de Haberes que pone en vigencia el ...
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