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DECRETO SUPREMO No 1588 del 22 de Mayo de 2013 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Concede un pago único de reconocimiento Económico a favor de los sobrevivientes de la guerra del Chaco, declarados como Benemérito de la Patria, en Homenaje al 78 Aniversario del Cese de Hostilidades con la República del Paraguay.


DECRETO SUPREMO N° 1588

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 69 de la Constitución Política del Estado, determina que los Beneméritos de la Patria merecerán gratitud y respeto de las instituciones públicas, privadas y de la población en general, serán considerados héroes y defensores de Bolivia y recibirán del Estado, una pensión vitalicia de acuerdo con la ley.

Que el Decreto Supremo Nº 09537, de 6 de enero de 1971, concede una pensión vitalicia a los Ex - Combatientes de la Guerra del Chaco, declarados por esa condición como Beneméritos de la Patria.

Que el Decreto Supremo Nº 1271, de 27 de junio de 2012, concede un pago único y exclusivo de Reconocimiento Económico de Bs3.125.- (TRES MIL CIENTO VEINTICINCO 00/100 BOLIVIANOS), a los sobrevivientes Ex - Combatientes de la Guerra del Chaco, declarados como Beneméritos de la Patria, financiados con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN.

Que es deber del Estado Plurinacional de Bolivia, reconocer a los sobrevivientes Ex - Combatientes de la Guerra del Chaco, por la defensa heroica de la soberanía nacional en la mencionada contienda bélica.

Que los sobrevivientes Ex - Combatientes de la Guerra del Chaco constituyen un sector vulnerable, por lo ...

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