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DECRETO SUPREMO No 9537 del 06 de Enero de 1971 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Determina, que a partir de 1º de enero de 1971 se concede una pensión vitalicia de $b. 150.oo mensuales a los ex_Combatientes de la Guerra del Chaco declarados Beneméritos



DECRETO SUPREMO Nº 09537
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO


CONSIDERANDO:

Que, por diversas disposiciones legales se han ido beneficiando algunos sectores de ex-Combatientes de la Guerra del Chaco, declarados Beneméritos de la Patria, sin haberse incluído a todos los defensores de la heredad nacional en dicha contienda bélica, que merecen trato igualitario, como justo reconocimiento del país hacia sus servidores:
Que, el Gobierno Revolucionario consecuente con su política de profundo contenido de justicia social, ha resuelto generalizar el beneficio de la pensión vitalicia de $b. 150.-, en favor de todos los que combatieron en la Guerra del Chaco, y que realmente tuvieran la calidad de Beneméritos de la Patria.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- A partir del lº de Enero de 1971 se concede una pensión vitalicia de CIENTO CINCUENTA PESOS BOLIVIANOS, ($b. 150.-), a los ex-Combatientes de la Guerra del Chaco declarados Beneméritos de la Patria.


ARTÍCULO 2.- La pensión concedida por el artículo primero del presente Decreto no alcanza a los Beneméritos que perciben otros beneficios económicos emergentes de esa su condición y cuya suma sea igual o superior a los CIENTO CINCUENTA PESOS BOLIVIANOS ($b. 150.-), mensuales.


ARTÍCULO 3.- Créase una Comisión encargada de la revisión y calificación de ...

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