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DECRETO SUPREMO No 1349 del 13 de Septiembre de 2012 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Reglamenta de manera parcial la Ley Nº 3420, de 8 de junio de 2006, Zona Económica Especial Exportadora y Turística del Trópico de Cochabamba


DECRETO SUPREMO N°1349

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo I del Artículo 318 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial, que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada, las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora.

Que el Parágrafo I del Artículo 319 del Texto Constitucional, determina que la industrialización de los recursos naturales será prioridad en las políticas económicas, en el marco del respeto y protección del medio ambiente y de los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y sus territorios. La articulación de la explotación de los recursos naturales con el aparato productivo interno será prioritaria en las políticas económicas del Estado.

Que la Ley Nº 3420, de 8 de junio de 2006, tiene por objeto establecer las normas jurídicas referentes a la implementación de condiciones de productividad y competitividad para todos aquellos emprendimientos productivos que realizaron y realicen inversiones en la Zona Económica Especial Exportadora y Turística del Trópico de Cochabamba, a través de un tratamiento especial en los ámbitos legal, administrativo, tributario y financiero.

Que con la finalidad de cumplir los objetivos establecidos en la

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